Cuando el adelantamiento se efectĂșe a cualquier otro vehĂculo distinto de los aludidos en el pĂĄrrafo anterior, o tenga lugar en poblado, el conductor del vehĂculo que ha de adelantar dejarĂĄ un margen lateral de seguridad proporcional a la velocidad y a la anchura y caracterĂsticas de la calzadaâ.
. 212 6 78 300 204 425 244 270